El cierre del ejercicio 2025 llega en un contexto en el cual SUNAT ha reforzado significativamente sus procesos de fiscalización electrónica, ampliando el cruce automático de información y priorizando sectores con mayor riesgo tributario. Para todas las empresas —desde microempresas hasta corporaciones y compañías extranjeras— estos cambios hacen indispensable evaluar, corregir y documentar adecuadamente todas las operaciones contables y tributarias antes de diciembre 2025.
Este artículo te brinda una guía completa, actualizada y práctica para que tu empresa pueda anticiparse a reparos, fiscalizaciones y contingencias, evitando multas, gastos no aceptados y contingencias de Impuesto a la Renta e IGV.
1. ¿Qué ha cambiado en 2025 y qué viene para 2026?
Durante el 2025, SUNAT incrementó la automatización de sus controles tributarios con tres enfoques principales:
a) Cruces de información en tiempo real
SUNAT ahora concilia electrónicamente:
- Facturación electrónica
- Declaraciones de IGV mensual
- PLAME
- Libros electrónicos (LE)
- Información bancaria
- Gastos realizados con tarjetas y proveedores digitales
- Pagos de importaciones
- Contratos declarados en fiscalización previa
Esto significa que cualquier inconsistencia contable o tributaria se detecta en segundos y la empresa puede recibir una “esquela de comunicación”, “revisión preventiva” o una orden de fiscalización completa.
b) Mayor control sobre el crédito fiscal
Desde mediados del 2025 se han observado criterios más estrictos para permitir o rechazar el crédito fiscal. Entre los casos más frecuentes:
- Comprobantes no anotados dentro del plazo de 12 meses y hasta diciembre del año siguiente
- Comprobantes con errores de RUC, direcciones o descripciones
- Falta de sustento del gasto
- Servicios que no cuentan con evidencia de prestación
- Errores de detracciones
Este es un punto crítico para las empresas que cierran el ejercicio: un crédito fiscal negado puede afectar el IGV, el resultado tributario y el impuesto a la renta del año.
c) Fiscalización masiva a sectores específicos
SUNAT ha priorizado en 2025 a empresas:
- De comercio electrónico
- Que usan servicios digitales extranjeros (Google, Meta, AWS, plataformas SaaS)
- Que importan regularmente
- Que registran altos gastos en consultorías
- Que no depositan detracciones a tiempo
- Con variaciones inusuales entre ventas e IGV declarado
Para fines de 2025 e inicios de 2026, estas fiscalizaciones se volverán más frecuentes y automáticas.
2. Acciones clave para preparar el cierre del ejercicio 2025
A continuación te detallo las acciones más importantes que toda empresa debe realizar antes del 31 de diciembre, con enfoque tributario peruano.
1. Revisión del registro de compras y crédito fiscal
¿Qué debes verificar?
- Comprobantes válidos (facturas electrónicas aceptadas en SUNAT)
- Fecha de contabilización correcta
- Compras sujetas a detracción pagadas oportunamente
- Gastos destinados a operaciones gravadas
- Sustento documentario (orden de compra, guías, contratos, entregables)
Riesgo si no se revisa:
SUNAT podrá negar el crédito fiscal, afectando el pago del IGV y el Impuesto a la Renta anual.
2. Validación de ventas y comprobantes electrónicos
Problemas comunes detectados en 2025
- Ventas emitidas pero no declaradas
- Proveedores de software facturando con errores
- Uso incorrecto de notas de crédito
- Servicios anticipados mal registrados
- Emisión de comprobantes al extranjero sin cumplir requisitos
Recomendación
Conciliar al 100%:
- Registro de ventas
- Facturación electrónica
- Declaraciones mensuales
- Estados financieros
Esto evita reparos por omisiones de ingresos, una de las inconsistencias más fiscalizadas por SUNAT.
3. Revisión de detracciones, percepciones y retenciones
Este es uno de los puntos más sensibles.
Debes verificar:
- Detracciones depositadas a tiempo
- Servicios mal clasificados (muchos han cambiado en 2025)
- Pago de reliquidaciones
- Retenciones practicadas y declaradas
- Percepciones aplicadas correctamente
Por qué es crítico en el cierre del ejercicio
Si la detracción es pagada de forma extemporánea:
- El crédito fiscal NO es válido en el mes
- Se genera reparo tributario
- Puede generarse multa por infracción
4. Conciliación de gastos con medios de pago
SUNAT ahora cruza automáticamente:
- Gastos declarados
- Pagos en bancos
- Pagos con tarjetas
- Movimientos de cuentas empresariales
Si el gasto no tiene medio de pago válido (operaciones mayores a S/ 2000):
- Se considera gasto no aceptado
- Impacta en el impuesto a la renta
- Genera contingencias retroactivas desde enero 2025
5. Servicios del exterior: IGV e IR
Las empresas que contratan:
- Google Ads
- Meta Ads
- Amazon AWS
- Microsoft
- Plataformas SaaS
- Software de gestión
- Consultorías extranjeras
- Servicios online
están obligadas a declarar:
- IGV por utilización de servicios digitales
- Retención del Impuesto a la Renta a no domiciliados (4.1% al 30% según el servicio)
Problema más frecuente:
El gasto es registrado, pero no se declara la retención ni el IGV del exterior, generando contingencias importantes en un proceso de fiscalización.
6. Verificación del PLAME y planilla electrónica
SUNAT cruza automáticamente:
- Planilla
- Libros electrónicos
- Gastos por sueldos
- CTS, ESSALUD y AFP
- Declaraciones mensuales de renta e IGV
Errores que deben corregirse antes de diciembre:
- Trabajadores no declarados
- RHE con datos incompletos
- Bonificaciones sin respaldo
- Vacaciones no provisionadas
- Honorarios que debieron ser planilla
7. Ajustes por inventarios y activos fijos
Inventarios
SUNAT exige ahora mayor consistencia entre:
- Kardex
- Registro de compras
- IGV
- Importaciones
- Costos de ventas
Cualquier diferencia será objeto de fiscalización automática.
Activos fijos
Verificar:
- Depreciación aceptada
- Sustento del activo
- Vida útil según tabla tributaria
- Saldos por conciliación contable vs. tributaria
8. Provisiones aceptadas y no aceptadas
En 2025 SUNAT ha enfatizado la revisión de:
- Provisiones de cobranza dudosa
- Provisiones laborales
- Provisiones genéricas no permitidas
- Gastos diferidos sin sustento
Es fundamental depurar estas provisiones antes del cierre del ejercicio.
9. Revisión de ingresos diferidos
Especialmente importante en:
- Servicios continuos
- Consultorías
- Proyectos de largo plazo
- Contratos con adelantos
Un error común: reconocer ingresos en un año pero sustentar gastos en otro, causando descalce fiscal.
3. Recomendaciones para empresas extranjeras con operaciones en Perú
En noviembre 2025, las empresas no domiciliadas deben poner atención especial a:
- Registro como establecimiento permanente (EP)
- Retenciones de impuestos sobre pagos al exterior
- Declaración de IGV por servicios digitales
- Compliance de libros electrónicos
- Contratos y documentación sustento de operaciones intra-grupo
La fiscalización a empresas extranjeras ha aumentado significativamente en 2025, especialmente aquellas que:
- Emiten servicios digitales
- Realizan asesorías de management
- Facturan royalties, franquicias o licencias
- Operan como filiales o sucursales en Perú
4. Recomendaciones finales antes de diciembre 2025
- Realizar cierre tributario anticipado (noviembre-diciembre).
- Revisar libros electrónicos, ventas, compras y planillas.
- Corregir impuestos del exterior pendientes.
- Validar detracciones pendientes.
- Depurar gastos no sustentados.
- Elaborar conciliaciones contables → tributarias.
- Preparar documentación legal y contractual.
- Revisar operaciones con partes vinculadas.
- Ajustar inventarios y activos fijos.
El objetivo es evitar reparos en una eventual fiscalización 2025–2026, proteger la salud financiera de la empresa y optimizar el pago de impuestos en línea con la normativa vigente.
Conclusiones
El cierre del ejercicio 2025 ocurre en un escenario donde SUNAT ha implementado más controles digitales, cruces automáticos de información y fiscalizaciones masivas. Las empresas que esperen a marzo 2026 para ordenar su contabilidad probablemente enfrentarán reparos, multas y contingencias.
La clave está en anticiparse, revisar la información en noviembre y diciembre, corregir inconsistencias y cumplir con las obligaciones formales y sustanciales.
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