La suspensión de cuarta categoría es un trámite que permite a los trabajadores independientes en Perú solicitar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) la exoneración del pago del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría en ciertos casos. A continuación, se detalla el proceso para solicitar la suspensión de cuarta categoría ante la SUNAT:
- Requisitos: Antes de solicitar la suspensión, verifica si cumples con los requisitos establecidos por la SUNAT. Entre los principales requisitos se encuentran:
- Ser trabajador independiente que emite Recibos por Honorarios Electrónicos (RHE).
- No tener rentas de quinta categoría (trabajo en planilla) ni rentas de fuente extranjera.
- Los ingresos anuales no deben superar el límite establecido por la SUNAT (1.5 UIT para el ejercicio gravable 2023).
- Obtén tu Clave SOL: Si aún no tienes tu Clave SOL, es necesario solicitarla para acceder a los servicios en línea de la SUNAT. Para obtenerla, debes acudir a un Centro de Servicios al Contribuyente (CSC) con tu Documento Nacional de Identidad (DNI) y una copia simple del mismo. La SUNAT te entregará un sobre con tu código de usuario y clave de acceso.
- Accede al portal de SUNAT Operaciones en Línea: Ingresa a la página web de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) y haz clic en “SUNAT Operaciones en Línea” en la parte superior derecha de la pantalla. Luego, selecciona la opción “Ingresar al SOL” e ingresa tu número de RUC, usuario y clave.
- Solicita la suspensión: Una vez dentro del portal de SUNAT Operaciones en Línea, sigue estos pasos:a. Dirígete al menú “Trámites y Consultas”. b. Elige la opción “Suspensión de Retenciones – Cuarta Categoría”. c. Completa el formulario electrónico con la información requerida y presiona “Enviar”.
- Verifica la respuesta de SUNAT: La SUNAT evaluará tu solicitud y emitirá una respuesta en un plazo máximo de 4 días hábiles. Puedes verificar el estado de tu solicitud ingresando nuevamente a SUNAT Operaciones en Línea, yendo al menú “Trámites y Consultas” y seleccionando “Consulta de Suspensión de Retenciones – Cuarta Categoría”.
Si la SUNAT aprueba tu solicitud, no se te aplicará la retención del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría hasta el último día del ejercicio gravable en el que fue solicitada la suspensión, siempre que se cumplan los requisitos mencionados. Ten en cuenta que, si tu situación cambia a lo largo del año, es importante informar a la SUNAT para evitar posibles sanciones.
Por último, recuerda que la suspensión de cuarta categoría debe solicitarse anualmente si deseas seguir exonerado del pago del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría en los siguientes años y sigues cumpliendo con los requisitos establecidos.