1. Introducción
En toda empresa, los errores contables pueden parecer menores, pero durante una fiscalización de SUNAT pueden generar multas, reparos tributarios o incluso la pérdida del crédito fiscal del IGV.
En este artículo te mostramos los errores más comunes en la contabilidad de las PYMES peruanas y cómo prevenirlos mediante una revisión contable interna antes del cierre del ejercicio.
2. Errores contables más frecuentes
| Área | Error común | Riesgo tributario asociado |
|---|---|---|
| Conciliaciones bancarias | Diferencias no ajustadas entre el estado bancario y el libro contable. | Rechazo de gastos o ingresos no sustentados ante SUNAT. |
| Cuentas por cobrar | Mantener saldos antiguos o incobrables sin castigo contable. | Inflar el activo y alterar la base imponible del Impuesto a la Renta. |
| Cuentas por pagar | No registrar provisiones de servicios recibidos sin factura. | Subdeclaración del gasto y pago excesivo de Impuesto a la Renta. |
| Inventarios | No realizar inventarios físicos o registrar diferencias sin sustento. | Pérdida del costo de venta deducible y reparo por falta de control interno. |
| Activos fijos | No registrar la depreciación mensual o aplicar tasas incorrectas. | SUNAT puede desconocer el gasto de depreciación. |
| Comprobantes electrónicos | Registrar documentos anulados o duplicados. | Reparos en crédito fiscal del IGV y observaciones en el SIRE. |
| Gastos no deducibles | Gastos personales o sin vínculo con la actividad. | Reparo en el Impuesto a la Renta y sanción por infracción del art. 175° del Código Tributario. |
3. Checklist de revisión contable preventiva
Aplica este control interno cada trimestre o antes del cierre anual:
A. Conciliación bancaria
- Verifica que todos los movimientos bancarios estén registrados en el libro caja y bancos.
- Ajusta diferencias con asientos de regularización.
- Conserva los vouchers, estados de cuenta y comprobantes asociados.
B. Cuentas por cobrar y pagar
- Analiza antigüedad de saldos.
- Gestiona cobranza o provisiona cuentas incobrables según NIIF para PYMES sección 11.
- Registra provisiones de gastos cuando el servicio fue recibido, aunque aún no se emita factura.
C. Inventarios
- Realiza inventario físico al menos una vez al año.
- Ajusta diferencias en kardex valorizado y verifica que coincida con el saldo contable.
- Usa unidades de medida consistentes y precios actualizados.
D. Activos fijos
- Comprueba que todos los activos tengan sustento documental y estén correctamente depreciados.
- Aplica tasas de SUNAT (D.S. N.º 179-2004-EF).
- Revisa si existen bienes dados de baja no contabilizados.
E. Comprobantes y registros electrónicos
- Contrasta tus libros electrónicos (SIRE o PLE) con los reportes de facturación electrónica.
- Revisa notas de crédito, anulaciones y comprobantes observados por SUNAT.
- Usa reportes del SIRE para validar IGV crédito y débito fiscal.
F. Gastos e ingresos extraordinarios
- Clasifica correctamente los ingresos no recurrentes (ventas de activos, indemnizaciones).
- No incluyas gastos personales ni no sustentados.
- Verifica que todos los gastos tengan comprobante válido conforme al Reglamento de Comprobantes de Pago.
4. Ejemplo práctico
Caso: Empresa de servicios “Consultora Andina SAC” presenta diferencias entre el banco y la contabilidad por S/ 3,500.
- Estado bancario: S/ 45,000
- Libro contable: S/ 41,500
- Diferencia: S/ 3,500 (depósito no registrado).
Corrección:
Registrar el asiento contable:
- Debe: Banco (101) → S/ 3,500
- Haber: Ingresos varios (769) → S/ 3,500
Luego, documentar el sustento del ingreso y actualizar la conciliación.
Resultado: cuentas alineadas y menor riesgo de observación en fiscalización.
5. Buenas prácticas para evitar observaciones de SUNAT
- Implementa revisiones mensuales del mayor contable y reportes del SIRE.
- Guarda copias digitales de todos los comprobantes electrónicos por al menos 5 años.
- Asegura que los asientos contables tengan sustento documental completo.
- Usa software contable homologado con SUNAT para minimizar errores de carga.
- Realiza una auditoría interna preventiva antes del cierre anual.
6. Referencias legales
- Ley del Impuesto a la Renta (D. Leg. N° 774)
- Reglamento de Comprobantes de Pago (D.S. N° 007-99-EF)
- Código Tributario – Art. 175° y 178°
- NIIF para PYMES, Secciones 11, 17 y 27
- Decreto Supremo N° 179-2004-EF – Tasas de depreciación SUNAT
- SUNAT – Boletín Normativo, septiembre 2025
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