El Formulario Virtual N°709 – Renta Anual – Persona Natural, ubicado en SUNAT Virtual es el que las personas naturales deben utilizar para declarar sus rentas de primera categoría, segunda categoría; así como rentas de trabajo y/o fuente extranjera.
A este formulario, se tiene acceso desde el 15 de febrero de 2021, para la declaración de la renta 2020. En algunos casos, al ingresar a SUNAT Virtual algunas personas podrán observar que este ya cuenta con información personalizada referencial (con relación a las rentas, gastos, retenciones entre otros). Dicha información puede ser modificada, por cada persona, antes de enviar el formulario.
Pese a que SUNAT Virtual facilita la presentación del Formulario Virtual N°709, puede que algunas personas tengan preguntas al respecto, por eso, aquí resolveremos las cuatro dudas más frecuentes sobre aquel.
1. ¿Qué hacer si la información del formulario es diferente a la información con la que cuento?
Según la misma web de SUNAT, si el formulario virtual presenta información distinta a la que tiene el contribuyente, este último podrá hacer las modificaciones necesarias al momento de presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
2. ¿Se puede presentar una solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento si ya se presentó el formulario virtual N°709?
No hay problema en presentar la solicitud luego de presentar el formulario. De hecho, puede hacerse inmediatamente después, a través de un formulario virtual diferente: el N°687. Si luego de haber presentado el formulario virtual N°709 no ingresó al enlace del formulario N°687 tiene hasta cinco días hábiles, posteriores a la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta, para solicitar el fraccionamiento de la regularización del impuesto a la renta.
3. ¿Cómo puedo pagar el impuesto a la renta al momento de presentar el formulario virtual N°709?
El pago puede hacerse a través de SUNAT Virtual (o en forma presencial) a través del sistema de Pago Fácil o NPS. Para hacer el pago se debe consignar como período tributario 13/2020, además se debe tener en cuenta el código tributario, según el tipo de renta que le corresponda; por ejemplo: 3072 para Primera Categoría; 3074, para Segunda Categoría; 3073, para rentas de trabajo y 3081 para tercera categoría y RMT.
4. ¿Qué hacer si al presentar la declaración anual se le solicita revisar alguna fila del formulario N°709?
Si esto sucede, lo que deberá hacer es revisar la casilla 514, ubicar el comprobante de pago y verificar, en la fila indicada, que la información del periodo corresponde al ejercicio 2020 y que el importe del comprobante es mayor a cero.
¿Necesita ayuda para llenar el formulario virtual N°709 o para presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta? ¡Contáctenos! En el estudio contable SOSCIA podemos ayudarle.