¿Su empresa hace donaciones? Si es así, seguro quiere saber si estas donaciones que realiza son deducibles de impuestos. En esta publicación hablaremos más al respecto.
¿Todas las donaciones son deducibles de impuestos?
No todas las donaciones son deducibles. De hecho, solo son deducibles aquellas donaciones que son otorgadas a entidades y dependencias del sector público, siempre y cuando estos beneficiarios no sean empresas ni entidades sin fines de lucro que contribuyan con fines como: beneficencia, asistencia social, educación, cultura, artes, literatura, deportes, salud o algún tipo de patrimonio. Además dicha entidad beneficiaria debe estar identificada como perceptora de donaciones.
También se pueden hacer donaciones a organismos internacionales acreditados ante el Estado peruano, y otras entidades beneficiarias acreditadas como tal ante SUNAT.
¿Cuánto es la deducción por donaciones?
La deducción no puede superar el 10% de la renta neta de la empresa. Así mismo, para que sea considerada como una donación deducible, la empresa debe contar con la documentación que lo demuestre, por ejemplo, el acta de entrega y recepción del bien donado o un comprobante de recepción de donaciones, en el caso de donaciones hechas a organismos nacionales.
¿A qué año contable corresponde la donación que realiza la empresa?
Para saber a qué año del ejercicio contable corresponde su donación, puede tener en cuenta la fecha de entrega del dinero. Por otro lado, cuando se donen bienes muebles o inmuebles, la fecha que manda es la que consta en la escritura pública o el documento de entrega del bien donado. En el caso de valores, la fecha que se tiene en cuenta es cuando estos sean cobrados.
Como se ve, su empresa no solo puede hacer donaciones de dinero a organizaciones donatarias, sino también bienes, entre otros beneficios. Aquí un listado de los tipos de donaciones que puede hacer:
- Bienes importados.
- Bienes muebles o inmuebles.
- Bonos.
- Bienes perecibles.
- Alimentos.
El crédito fiscal y las donaciones
Si su empresa hace donaciones, y estas son deducibles de impuestos, su negocio o empresa puede acceder a crédito fiscal el cual corresponde al IGV pagado en la adquisición del bien. Por esta razón, es importante que sustente su donación con documentos como: comprobante de pago, documentos que acrediten la entrega de la donación.
Ahora que conoce más sobre qué donaciones son deducibles, si necesita reclamar el crédito fiscal que le corresponde por sus donaciones, contáctenos, en SOSCIA podemos ayudarle con el proceso y demás aspectos contables y tributarios de su negocio.







